Información general

31 DE MARZO VENCE PLAZO PARA QUE ASOCIACIONES PRESENTEN REQUISITOS

    
  
  Estar al día les permitirá acceder a los recursos que el Estado canaliza para las organizaciones de desarrollo comunal.
Requisitos deben ser presentados en las oficinas regionales de Dinadeco.
De acuerdo con la normativa vigente, el próximo 31 de marzo vence el plazo para que las asociaciones de desarrollo de la comunidad y organizaciones de grado superior inscritas según los términos de la Ley 3859 sobre Desarrollo de la Comunidad presenten los requisitos que les permita acceder a los recursos que el Estado costarricense canaliza para ellas a través de Dinadeco.
Los requisitos que deben presentar, se establecieron mediante publicación en La Gaceta número 209 del 1 de noviembre de 2006, a saber:
  • Informe económico anual acompañado del último estado de cuenta bancaria, emitido el mes de diciembre del año que corresponda.
  • Plan de trabajo anual aprobado por la asamblea general.
  • Personería jurídica vigente.
  • Estar al día en la liquidación de recursos que hayan sido entregados con anterioridad por Dinadeco.
  • Mantener al día su inscripción ante el Registro de Acreedores del Estado que al efecto documenta el Ministerio de Hacienda para recibir los recursos por medio de transferencia.

Descargables

  1. Formulario para presentar Informe Economico
  2. Instructivo y formulario para liquidar recursos del Fondo por Girar e Impuesto al Cemento
La organización que no se encuentre en el Registro de Acreedores deberá gestionar su inscripción mediante la presentación de la cédula jurídica vigente (debe entregar una copia y presentar el original para verificación), y constancia de la cuenta cliente emitida por el banco en el que se custodien los recursos, el número de la cuenta cliente consta de 17 dígitos.
Para el caso de los recursos del impuesto al cemento, otorgado exclusivamente a las organizaciones comunales de la provincia de Cartago, igualmente deberán cumplir con la presentación de los requisitos anteriores y que la agrupación haya sido constituida antes del 23 de setiembre de 1983.
Para el cumplimiento de estos trámites, las organizaciones comunales deben ponerse en contacto con el funcionario o funcionaria de Dinadeco que les atiende regularmente o acudir a la oficina regional o subregional que corresponda a su jurisdicción.

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