PRESENTACIÓNA lo largo del trayecto de la gestión municipal los colaboradores de este ámbito hanpresentado la necesidad de crecer en un régimen donde se les indique claramente cuáles son sus …
El presente Plan Vial Quinquenal de Conservación y Desarrollo (PVQCD) cantonal fue desarrollado por la Unidad Técnica de Gestión Vial Municipal de Montes de Oro, Ingeniero Erick Alpízar Mena, para …
La Municipalidad de Montes de Oro comunica que tiene la intención de adquirirun terreno para la ampliación del Centro de Cuido y Desarrollo Infantil de Montes de Oro.Para la realización …
El Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) y la SecretaríaTécnica Nacional Ambiental (SETENA), tienen el agrado de invitarle a la Audiencia Pública, en modalidad híbrida (presencial y virtual), que se …
Los interesados en participar pueden descargar el cartel de condiciones y requisitos en la página www.munimontesdeoro.go.cr y en el facebook de la Municipalidad de Montes de Oro. El periodo de …
AUDIENCIA PÚBLICA – PLAN DE GESTIÓN DE RESIDUOS SOLIDOS DE MONTES DE ORO Día: Viernes 23 de junio del 2023 Hora: 1:00 pm Dirección: En el Salón de la Unión …
En cumplimiento del Artículo 17 del Código Municipal, a continuación presento el informe de las labores más relevantes del periodo 2022 A través de este instrumento se da a conocer …
Los interesados en participar pueden descargar el cartel de condiciones y requisitos en la página www.munimontesdeoro.go.cr, en el facebook de la Municipalidad de Montes de Oro, o bien en la …
Presentación La Alcaldía Municipal en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 17 del Código Municipal, LeyNº 7794, presento el Informe de Labores. Este contiene un resumen del trabajo realizado …
El trámite debe realizarse antes del 31 de marzo de cada año Comprar timbre para exonerar, costo 1500 colones pagar por sinpe Presentarse en la oficina de Bienes Inmuebles para …
A la Oficina de Asesoría Legal le corresponde la elaboración de estudios e investigaciones diversas que implican esencialmente la emisión de dictámenes, criterios para la resolución de asuntos, aprobación de trámites diversos, que requieren de análisis basados en los principios y métodos propios de una disciplina específica, así como la aplicación e interpretación de planes, procedimientos y normas aplicables a los diversos procesos municipales.
Asesoría Legal Concejo Municipal
Agendas y reuniones del Concejo Municipal.
Acuerdos del Concejo Municipal.
Seguimiento de los acuerdos Municipales.
Documentos trascendentales que dan fe de los acontecimientos históricos suscitados en el cantón.
Consultas y Contactos
Lic. Emmanuel Madrigal Román
Asesor Legal Administración Municipal
legales@munimontesdeoro.go.cr
Teléfono 26399020 ext 105
“La Auditoría Interna es la actividad independiente, objetiva y asesora, que proporciona seguridad al ente u órgano, puesto que se crea para validar y mejorar sus operaciones. Contribuye a que se alcancen los objetivos institucionales, mediante la práctica de un enfoque sistémico y profesional para evaluar y mejorar la efectividad de la administración del riesgo, del control y de los procesos de dirección en las entidades y los órganos sujetos a esta Ley. Dentro de una organización, la auditoría interna proporciona a la ciudadanía una garantía razonable de que la actuación del jerarca y la del resto, de la administración se ejecuta conforme al marco legal y técnico y a las prácticas sanas.”
Los servicios que presta la auditoría interna se clasifican en servicios de auditoría y servicios preventivos. Los servicios de auditoría comprenden los distintos tipos de auditoría (financiera, operativa y cumplimiento). Los servicios preventivos incluyen la asesoría, la advertencia y la autorización de libros.
Se enfoca en determinar si la información financiera de una entidad se presenta en conformidad con el marco de referencia de emisión de información financiera y regulatorio aplicable. Esto se logra obteniendo evidencia de auditoría suficiente y apropiada que le permita al auditor expresar una opinión acerca de la razonabilidad de la información financiera. Otros objetivos de las auditorías financieras, pueden incluir:
a) La revisión de informes especiales para elementos, cuentas o partidas específicas de un estado financiero.
b) La revisión de información financiera intermedia.
Evalúa la eficacia, eficiencia y economía (o al menos uno de estos aspectos) con que la entidad, programa, proyecto, unidad, proceso o actividad del sujeto fiscalizado, utiliza los recursos públicos, para el desempeño de sus cometidos; esto con el propósito de mejorar la gestión del sujeto fiscalizado. También se le conoce como auditoría de gestión, rendimiento o desempeño.
Se enfoca en determinar si un asunto en particular cumple con las regulaciones o mandatos identificados como criterios, contenidos en leyes, reglamentos u otras normativas que las regulan, tales como resoluciones, u otros criterios considerados como apropiados por el auditor. Las auditorías de carácter especial se llevan a cabo para evaluar si las actividades, operaciones financieras e información, cumplen en todos los aspectos relevantes, con las regulaciones o mandatos que rigen a la entidad auditada. Estas auditorías de carácter especial pueden abarcar una extensa gama de temas, tales como aspectos de orden contable-financiero, presupuestario, administrativo, económico, jurídico, control interno y otras temáticas relacionadas con la fiscalización pública.
Es un servicio dirigido al jerarca y consiste en el suministro de criterios, observaciones y demás elementos de juicio para la toma de decisiones con respecto a los temas que son competencia de la Auditoría Interna. También puede ser brindado a otras instancias institucionales, si la Auditoría Interna lo considera pertinente.
Es un servicio dirigido a los órganos sujetos a la competencia institucional de la Auditoría Interna, y consiste en señalar los posibles riesgos y consecuencias de determinadas conductas o decisiones, cuando sean de conocimiento de la Auditoría Interna.
Es una obligación asignada de manera específica a la Auditoría Interna, que consiste en el acto de otorgar la razón de apertura de los libros de contabilidad y de actas que deban llevarse en la institución respectiva. Así también, aquellos otros libros que a criterio de la Auditoría Interna deban cumplir con este requisito.
Fiscalizar, asesorar y advertir a la administración activa de la Municipalidad, sobre el control ejercido en sus acciones para el logro de los objetivos, en forma independiente y objetiva y considerando para ello la salvaguarda de los recursos públicos, la confiabilidad y oportunidad de la información financiera, el uso eficiente y eficaz de los recursos y el cumplimiento de la normativa vigente.
Ser un órgano más del sistema de control interno de la Municipalidad, actuando con altos principios éticos y profesionales en la fiscalización de los recursos públicos, para proporcionar a la ciudadanía una garantía razonable de la actuación de la administración activa.
La Auditoría Interna Municipal actuará con responsabilidad para cumplir con el trabajo de fiscalización, asesoría y advertencia.
Transparencia:
La Auditoría Interna Municipal se caracterizará por la imparcialidad y franqueza en el ejercicio de sus funciones.
Independencia:
En todas las actuaciones, la Auditoría Interna Municipal tendrá libre criterio y evitará que la influencia de funcionarios o terceros personas afecte su objetividad.
Credibilidad:
La Auditoría Interna Municipal actuará con los más altos valores morales y en cumplimiento de las normas profesionales y legales.
Actualización profesional:
La Auditoría Interna Municipal mantendrá una capacitación continua para suministrar servicios de alta calidad a la Administración Activa.
Defender los intereses Municipales en los procesos jurisdiccionales en donde sea parte el Concejo Municipal.
Representar los intereses institucionales ante los Tribunales de Justicia, previo poder otorgado por la Alcaldía e informar sobre el desarrollo de los mismos, en todos aquellos procesos que el Concejo sea parte.
Analizar las gestiones presentadas por los administrados y recomendar al Concejo la atención de las mismas.
Evacuar consultas legales internas, así como atender los requerimientos de entes gubernamentales, conforme instrucciones recibidas por el Concejo, debiendo llevar los controles de las actividades que desarrolla.
Estudia y recomienda los procedimientos actuales desde el punto de vista jurídico/administrativo al Concejo para la implementación de ajustes o cambios.
Asesorar al Concejo en asuntos de contratación administrativa y sobre asuntos presupuestarios, así como sobre la aplicación del Código Municipal y restantes normas que intervienen en el qué hacer Municipal desde las competencias del Concejo.
Atender los procesos que se presenten en la Sala Constitucional en contra de la Municipalidad en donde sea parte el Concejo o alguno de sus miembros.
Atención de otras actividades afines al cargo.
Descripción del Servicio
Agendas y reuniones del Concejo Municipal.
Acuerdos del Concejo Municipal.
Seguimiento de los acuerdos Municipales.
Documentos trascendentales que dan fe de los acontecimientos históricos suscitados en el cantón.
Consultas y Contacto
Información – Centro de Cuido y Desarrollo Infantil Montes de Oro
Electrónicos: carcazas de residuos electrónicos (manipulados)
Papel: papel de cualquier tipo húmedo, sucio y contaminado, post-its, papel de regalo, papel químico de facturas y bouchers, papel higiénico, toallas, servilletas, papel encerado y papel carbón.
Cartón: cartón de cualquier tipo húmedo, sucio y contaminado, cartón de pizza sucio, cartón de huevo, cajas de helados o vasos de café.
Vidrios: vidrio plano de celosías y ventana, bombillos, pirex, espejos, vidrio de carros, cerámica, fluorescentes.
Aluminio: papel aluminio de cocina o de moldes desechables.
Residuos No Tradicionales: lavadoras, refrigeradoras, muebles, cocinas, madera, escombro, colchones.
Únicamente se le brinda la ayuda aquella persona que tenga orden sanitaria activa por caso positivo de COVID-19.
La ayuda que se brinda es de un ÚNICO diario por núcleo familiar.
Lista de casos positivos se remite a la comisión municipal de emergencias y se realiza un estudio socioeconómico previo en conjunto con el IMAS, para determinar si se le brinda o no la ayuda.
Se da prioridad de ayuda a personas por condición de pobreza y pobreza extrema.
Las entregas se realizan los días martes y jueves de todas las semanas.
Nota: siempre y cuando la Comisión Nacional de Emergencias (CNE); esté girando los respectivos diarios a repartir semana tras semana se realizan dichas entregas.
Obra Menor, obras de técnica sencilla que se realicen a un bien inmueble, que por su tamaño no precisen elementos estructurales y no requieren de aumento en la demanda de servicios públicos (agua potable, disposición de aguas residuales, electricidad), ni afecten las condiciones de habitabilidad o seguridad.
No se considerarán obras menores las obras de construcción que, según el criterio técnico especializado del funcionario municipal competente, incluyan modificaciones al sistema estructural, eléctrico o mecánico de un edificio, según el artículo 83 bis de la Ley de Construcciones.
El monto máximo permitido como construcción menor será el equivalente a diez salarios base (aprox. 4.620.000 a marzo del 2021), calculado conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley N° 7337, de 5 de mayo de 1993, salvo los casos contemplados en el artículo 6, inciso e, subincisos a, b, e, f, g, de este reglamento, en los que, según criterio razonado de la Unidad de Control Territorial sean considerados obra menor sin importar el monto del proyecto.
Si su proyecto constructivo no coincide con la descripción anterior, es considerado según la ley como una Obra Mayor.
El impuesto de construcción es un requisito básico que le autoriza realizar los trabajos en la propiedad, si el impuesto no es cancelado previo al inicio de la obra, la Municipalidad previa fiscalización, tiene la autoridad de clausurar y detener la construcción hasta que la deuda sea cancelada. De igual forma de las demás deudas por tributos o servicios municipales, si las deudas no son canceladas en vía administrativa, se trasladan a cobro judicial.
La declaración jurada del Impuesto de Patentes es el reporte de los ingresos brutos, los costos, gastos y deducciones y la renta líquida gravable que presenta el patentado por medio del formulario establecido para tales efectos sobre la actividad comercial que ha realizado en el cantón durante el período fiscal de cierre, esto con el objetivo de poder incluir el cobro de acuerdo a lo establecido.
Todas las personas físicas y jurídicas, en ejercicio de actividades lucrativas en el cantón y que se encuentren debidamente inscritos como patentados en la Municipalidad.
Las patentes se deben declarar todos los años, ya que, en función de la declaración jurada de patentes, se tasa el cobro de la patente municipal para el año siguiente. Para presentar esta declaración el municipio establece como fecha límite el 15 de enero y se comienzan a recibir desde el mes de noviembre. Es importante indicar que quienes deben declarar son aquellos patentados que cuentan con un período fiscal completo.
La patente se otorga para una actividad específica, a una persona física o jurídica y con una dirección determinada. Si se modifica o cambia alguna de estas condiciones, es necesario que se realice el trámite correspondiente ante la Municipalidad, por ejemplo, traslado de local, traspaso de la patente a otra persona, o bien cambio de la actividad lucrativa o ampliación de la misma.
Si el contribuyente deja de realizar la actividad lucrativa debe de retirar la patente comercial, de lo contrario el cobro continúa generándose hasta que el administrado realice el trámite de retiro de patente.
Las patentes se cobran de forma trimestral, por lo tanto, se debe cancelar el 31 de Enero - 31 de Marzo - 30 de Junio - 30 de Septiembre. A partir del día 1 después de vencida se le cobran intereses y se considera atrasado o moroso. La cancelación puede realizarla en las cajas de la Municipalidad o bien por SINPE MÓVIL (8991-6297).
Según lo establece el código Municipal son 30 días hábiles, para que la administración le dé respuesta al contribuyente, sobre la situación del permiso solicitado.
La renta líquida gravable y las ventas o los ingresos brutos serán la base para la determinación del monto del Impuesto de Patentes que le corresponde pagar.
Se aplicará el dos por mil (2/1000) sobre las ventas o los ingresos brutos, más un ocho por mil (8/1000) sobre la renta líquida gravable.
Dicha suma dividida entre cuatro determinará el impuesto trimestral por pagar.
En los casos en que los declarantes no obtengan renta líquida gravable, aunque sean declarantes del impuesto sobre la renta o cuando no puedan calcular dicha renta líquida por no ser declarantes de ese impuesto, se aplicará el cuatro por mil (4/1000) sobre las ventas o ingresos brutos. (Artículo N°5 Ley No. 7248).
Si no cumple con la obligación legal de presentar la declaración, antes de la fecha límite o sea el 15 de enero de cada año, la Municipalidad estará facultada para sancionar con una multa equivalente al veinte por ciento (20%) del impuesto pagado el período anterior.
El impuesto se determina en forma anual, teniendo la facilidad de cancelarlo en su totalidad en forma adelantada, o por cuotas trimestrales, bajo el entendido que cada trimestre vencido genera los recargos por intereses respectivos. Usualmente el municipio otorga un descuento por pronto pago de este impuesto si la deuda anual se cancela en el primer trimestre del año al cobro.
Según el ARTÍCULO 5.- Vigencia de las licencias
Toda licencia de comercialización de bebidas con contenido alcohólico tendrá una vigencia de cinco años, prorrogable de forma automática por períodos iguales, siempre y cuando los licenciatarios cumplan todos los requisitos legales establecidos al momento de otorgar la prórroga y se encuentren al día en el pago de todas sus obligaciones con la municipalidad respectiva.
Estar inscrito como contribuyente ante el Ministerio de Hacienda.
Presentar Póliza de riesgos de trabajo emitida por entidad aseguradora o exoneración.
Presentar licencia de ACAM cuando aplique.
Fotocopia del contrato de arrendamiento y presentación del original o nota de autorización del propietario con copia de cédula.
Fotocopia del contrato de arrendamiento y presentación del original o nota de autorización del propietario con copia de cédula.
Estar al día con C.C.S.S.
Presentar comprobante de pago a favor del Servicio Nacional de Salud Animal del MAG o del Ministerio de Salud, según corresponda, o bien, el comprobante de exoneración del pago extendido por el IMAS.
El solicitante debe estar al día en los pagos correspondientes a la Caja Costarricense de Seguro Social y FODESAF.
el solicitante y dueño del inmueble donde se va a desarrollar la actividad, estén al día en el pago de impuestos y servicios (tasas o multas) municipales.
SENASA: revisa en la inspección de campo que cuente con regencia o asesoría veterinaria aprobada por el Colegio de Médicos Veterinarios (en caso de que aplique).
Estar inscrito como contribuyente ante el Ministerio de Hacienda.
Presentar Póliza de riesgos de trabajo emitida por entidad aseguradora o exoneración.
Presentar licencia de ACAM cuando aplique.
Fotocopia del contrato de arrendamiento y presentación del original o nota de autorización del propietario con copia de cédula.
Fotocopia del contrato de arrendamiento y presentación del original o nota de autorización del propietario con copia de cédula.
Estar al día con C.C.S.S.
Presentar comprobante de pago a favor del Servicio Nacional de Salud Animal del MAG o del Ministerio de Salud, según corresponda, o bien, el comprobante de exoneración del pago extendido por el IMAS.
El solicitante debe estar al día en los pagos correspondientes a la Caja Costarricense de Seguro Social y FODESAF.
el solicitante y dueño del inmueble donde se va a desarrollar la actividad, estén al día en el pago de impuestos y servicios (tasas o multas) municipales.
SENASA: revisa en la inspección de campo que cuente con regencia o asesoría veterinaria aprobada por el Colegio de Médicos Veterinarios (en caso de que aplique).
Adulto Mayor o con problemas de salud, puede realizar el trámite otro familiar directo.
Presentarse en la oficina de Bienes Inmuebles para aplicar la exoneración o bien enviar el recibo del timbre y la solicitud firmada y escaneada o firmada electrónicamente mediante un correo electrónico a catastro1@munimontesdeoro.go.cr
Comprar timbre para exonerar, costo 1500 colones pagar por sinpe
Adulto Mayor o con problemas de salud, puede realizar el trámite otro familiar directo.
Presentarse en la oficina de Bienes Inmuebles para aplicar la exoneración o bien enviar el recibo del timbre y la solicitud firmada y escaneada o firmada electrónicamente mediante un correo electrónico a catastro1@munimontesdeoro.go.cr
Comprar timbre para exonerar, costo 1500 colones pagar por sinpe
Presentarse con la información de la finca a traspasar
Plano catastrado
Información de propietarios.
Galería
Tarifas
Servicio Gratuito
El CECUDI de Montes de Oro es una institución dedicada al cuido y desarrollo integral de los niños de nuestra comunidad de manera gratuita. Contamos con una población de 142 niños con edades entre 1 año y los 6 años y 11 meses, los cuales son atendidos a partir de 6:30 am.
Nuestra mayor población son subsidiados por el IMAS y también contamos con modalidad pago que sus familias pagan para que sus hijos reciban la atención En nuestro CECUDI brindamos cuido, alimentación, educación, estimulación temprana, desarrollo de habilidades motoras y sociales, a los estudiantes que así lo requieran, es decir se le brinda una atención integral.
La persona interesada debe de solicitar la ayuda por parte del IMAS.
A partir de ahí se le solicitan unos datos personales como, por ejemplo; nombre, número de cédula, teléfono, dónde vive, etc.
De acuerdo a esos datos suministrados se realiza un estudio socioeconómico y partir de ahí se define en cuál de las categorías entra el niño y el monto a pagar por la debida matrícula.
Dentro de los servicios brindados está el de transporte el cual NO tiene ningún valor ya que es brindado por la Municipalidad.
El servicio de transporte cuenta con tres rutas y horario ya establecidos.
Miramar centro
Entrada 6:50am
Salida 2:20pm
Huacas – Linda Vista – Margarita Penón
Entrada 7:20am
Salida 2:40pm
Palmar – Santa Rosa – San Isidro
Entrada 7:40am
Salida 2:55pm
Se brindan cuatro tiempos de comida.
La institución cuenta con un convenio con el MEP, en el cual también se les imparte lecciones de aprendizaje a los niños.
Descripción
EL departamento de Tecnologías de Información, es el encargado de asesorar, gestionar, desarrollar e implementar buenas prácticas en el uso de las tecnologías de la información, buscando mejorar los servicios y actividades del día a día que realizan los funcionarios de la municipalidad para satisfacer las necesidades de los contribuyentes y promover la mejora continua de las herramientas tecnológicas disponibles con las que cuenta el Gobierno Local.
Descripción
La junta vial cantonal es un órgano nombrado por el Concejo Municipal de cada cantón, ante quien responde por su gestión. Es un órgano asesor de consulta en planificación y evaluación en materia de gestión vial en el cantón y de servicio vial municipal.
Cada miembro de la Junta Vial Cantonal deberá tener un suplente que lo representará en sus ausencias, nombrado de la misma forma en que se designó al propietario; en el caso del Alcalde Municipal, en sus ausencias aplicará lo dispuesto en el numeral 14 del Código Municipal.
Dicho órgano estará integrado por los siguientes miembros propietarios:
El Alcalde Municipal, quien la presidirá.
Un representante nombrado por el Concejo Municipal.
Un representante de los Concejos de Distrito, nombrado en asamblea de estos.
Un representante de las Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad, reguladas por la Ley Sobre el Desarrollo de la Comunidad, N°3859 y sus reformas.
Un funcionario de la dependencia técnica municipal encargado de la gestión vial.
Los miembros de las JVC, una vez juramentados por el Concejo Municipal, se desempeñarán por un período de cuatro años y podrán ser reelectos, siempre y cuando ostenten la titularidad del puesto al cual representan.
Si en algún caso venciera el período de alguno de los miembros, se nombrará al sustituto, en un plazo no mayor a un mes, por el plazo que le hubiese correspondido a su predecesor.
Será causal de destitución de los miembros, el incumplimiento de sus deberes o la ausencia injustificada a tres sesiones consecutivas o seis alternas en el plazo de un año calendario.
Sesiones Ordinarias:
La JVC sesionará ordinariamente una vez al mes.
Sesiones Extraordinarias:
La JVC sesionará de manera extraordinaria cuando su presidente, o al menos tres de sus miembros, la convoquen con al menos veinticuatro horas de anticipación.
El Concejo Municipal reglamentará los aspectos del funcionamiento de la JVC no dispuestos en el presente reglamento, o en su defecto se regirán por lo dispuesto en la Ley General de Administración Pública.
La Unidad Técnica de Gestión Vial, funciona como una secretaría técnica, para la Junta Vial Cantonal; ante el Concejo Municipal. La Unidad Técnica deberá tomar el rol de implementar sistemas de gestión de infraestructura vial dentro de la Municipalidad, y velar por su continuidad. Deberá promover la conservación vial participativa con equidad e igualdad de género a través del fortalecimiento de las organizaciones locales y su vínculo con otras instancias afines, con el propósito de propiciar trabajos mancomunados de conservación de las vías públicas y el control social de los proyectos que se ejecuten.
Dicha oficina se crea mediante Ley de Simplificación y Eficiencia Tributaria, número 8114, publicada en el alcance número 53 a la Gaceta número 131 del 9 de julio del 2001, determinó que se transfiera a las Municipales recursos para inversión pública en la Red Vial Cantonal. Con ésta legislación se crea la plataforma legal que permite la posibilidad de instaurar las Unidades Técnicas de Gestión Vial. Las Unidades Técnicas de Gestión Vial (UTGV), tienen la obligación legal de desarrollar las labores de planificación de la conservación de la Red Vial Cantonal. Estas unidades deben elaborar planes Quinquenales y Anuales de Conservación y de Desarrollo Vial, en concordancia con las políticas y directrices emitidas por el Concejo Municipal, la Junta Vial Cantonal, el MOPT y los Planes Reguladores de Desarrollo Cantonal vigentes (Fuente: La Gaceta No. 138, 17 de julio del 2008). Asimismo, la UTGV también se basa en la filosofía de las políticas del Plan Quinquenal, donde se toman en cuenta la Ley 7600 – Ley igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad y la Ley 9660 – Ley de movilidad y seguridad ciclística.
En adición a lo anterior la Unidad Técnica también se basa por la Ley 9329 – primera ley especial para la transferencia de competencias: atención plena y exclusiva de la red vial cantonal, la misma tiene como objeto según artículo 1: “tiene como finalidad transferir a los gobiernos locales la atención plena y exclusiva de la red vial cantonal regulada en la Ley N.° 5060, Ley General de Caminos Públicos, de 22 de agosto de 1972, en cumplimiento del mandato establecido en el artículo 170 de la Constitución Política y las disposiciones contenidas en la Ley N. º 8801, Ley General de Transferencia de Competencias del Poder Ejecutivo a las Municipalidades, de 28 de abril de 2010”, también es el uso de los recursos del impuesto único a los combustibles en la conservación y el mejoramiento de las rutas cantonales, queda limitado a las vías que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 2 de la Ley 9329 y el presente Reglamento para su incorporación en el Registro Vial de Costa Rica.
El departamento tiene la ideología de crear una participación informativa, consultiva, resolutiva y ejecutiva. Logrando la coordinación y cooperación que se establece entre la Municipalidad, el Gobierno Central, las organizaciones comunales y la sociedad civil de un cantón; con la finalidad de planificar, ejecutar, controlar y evaluar obras de diversa índole, contempladas dentro de la conservación y construcción vial, en el entendido que la ejecución de recursos no implica el traslado horizontal de los mismos de una organización a otra.
La Unidad Técnica en conjunto con la Alcaldía planifican cada año para gestionar recursos externos y/o convenios con aliados estratégicos para invertir en la infraestructura vial del cantón. Respetando el Plan Quinquenal, estos fondos se invierten en ejes viales para impulsar el desarrollo económico y social del Territorio de Montes de Oro.
Lastreo, bacheo, y conformación de caminos en lastre y asfalto.
Limpieza mecanizada de caminos en lastre.
Construcción y mantenimiento de puentes.
Realizar convenios con instituciones como el MOPT, LANAMME, CONNAVI, HACIENDA y otras instituciones, para el mantenimiento de la conservación de la Red Vial.
PET (botellas plásticas y galones de los diferentes colores)
Tetra pak.
RUTAS DE RECOLECCION
La Municipalidad también ofrece a quienes deseen colaborar con el programa de reciclaje, una ruta de recolección los días martes y viernes en los distritos de Miramar y San Isidro, esto previa coordinación con cualquiera de los contactos indicados.
ECOLONES En caso de poseer una cuenta de ecoins, podrá entregar su material directamente en el Centro de Acopio, en las condiciones citadas anteriormente he indicar que desea sea registrado en dicho programa, en este caso se le tomaran los datos y el mismo se registrará por parte de las colaboradoras de Centro de Acopio.
Todo material que se reciba en el centro de acopio municipal, su único requisito es que se encuentre limpio y seco. En caso de encontrarse contaminado con otros residuos o sucio no se recibirá.
Bolsas plásticas, vidrio plano (ventanas, pyrex), losa de cerámica (platos), madera, textiles, pvc
Descripción
El Centro Comunitario Inteligente de Miramar ofrece cursos gratuitos a la comunidad oromontana impartidos y avalados por el MICITT y el INA, entre ellos ofimática, emprendedurismo, artesanía, costura y entre otros.
Horario de atención: Lunes a Viernes, de 7:00 am a 4:00 pm
Descripción
El servicio de recolección de basura está a cargo de la Municipalidad de Montes de Oro, el mismo está a cargo de cubrir la mayor parte de la población por distintas rutas, las cuales detallo a continuación:
Rutas
Lunes y Jueves:Lidio Blanco, Guapinol, Imas, Las Delicias, Los Olivos, La Isla, Calle Rudín, Calle Secado Ecológico, Calle Alfredo, Tres Corbatas, Calle Arroyo, Calle Honorio.
Martes y Viernes:Las Huacas, Laureles, Linda Vista, Margarita, Mar Azul, Calle Tamarindo.
Miércoles y Sábado:Miramar Centro, Calle Arreo, Palmar.
Servicio de Recolección
Servicio de recolectar y transportar los desechos sólidos (basura tradicional).
Concepto de Basura tradicional
Desechos sólidos generados tradicionalmente dentro de los que se encuentran el papel, cartón, plástico, alimentos orgánicos, que son el resultado de las actividades cotidianas de las distintas unidades habitacionales, patentados privados y entes de carácter estatal.
a) Proponer al Concejo Municipal el destino de los recursos de la Ley No. 8114, por medio de la elaboración de propuestas de los Planes Viales Quinquenales de Conservación y Desarrollo. Estas propuestas deberán considerar la prioridad que fija el inciso b) del artículo 5 de la Ley No. 8114. Asimismo, podrán considerar las sumas recaudadas por concepto de multas por infracciones a que refieren el inciso c) del artículo 10 de la Ley No. 6324 del 24 de mayo de 1979 y sus reformas, “Ley de la Administración Vial” y el inciso d) del artículo 234 de la Ley No. 9078, exclusivamente para financiar proyectos de seguridad vial.
b) Proponer al Concejo Municipal los proyectos de presupuesto anual de la gestión de la red vial cantonal correspondiente, los cuales contendrán el detalle de las obras a intervenir con indicación expresa, al menos, de lo siguiente: nombre de la obra, descripción, meta a alcanzar, modalidad de ejecución, costo total, monto presupuestado, plazo estimado y probable fecha de inicio.
c) Conocer los informes semestrales de la evaluación de la gestión vial municipal que deberá elaborar la administración municipal, para ser presentados a conocimiento del Concejo Municipal.
d) Presentar en el mes de enero ante el Concejo Municipal un informe anual de rendición de cuentas. Con el mismo propósito, publicará durante ese mismo mes, en un medio de comunicación colectiva, local o nacional, un resumen o el texto íntegro del informe anual de labores, así como la convocatoria para asamblea pública y abierta, que deberá realizarse a más tardar un mes después de esta publicación, en la que la Junta Vial presentará el informe de rendición de cuentas. esta publicación, en la que la Junta Vial presentará el informe de rendición de cuentas.
e) Solicitar al Concejo Municipal la realización de auditorías financieras y técnicas cuando las circunstancias lo ameriten.
f) Velar porque las actividades de gestión vial sean desarrolladas por profesionales competentes e idóneos.
g) Velar porque el componente de seguridad vial sea incluido dentro de los proyectos de presupuesto anual de la gestión de la red vial cantonal correspondiente.
El Sistema del Acueducto Municipal está compuesto por 3 sistemas independientes llamados, Tajo Alto, Miramar, La Isla, que abastece a 4356 abonados, cubriendo aproximadamente el 98% de la población actual, se abastece de 7 fuentes de manantial, por gravedad, ubicadas fuera del área de servicio, en el distrito de Miramar y La Unión. Todas las fuentes convergen a un mismo sistema de conducción, compuesto por varias líneas de tuberías cuyos diámetros son muy diversos y van desde los 200 mm hasta los 50 mm. Todas las líneas de conducción convergen hacía los tanques principales. Desde los cuales se distribuyen a la red de Miramar Centro y luego se va distribuyendo hacía el sur- oeste, llegando al distrito de San Isidro.
La cloración se realiza en la zona donde se ubican los tanques de almacenamiento.
Para este propósito se emplea un Sistema de desinfección de Hipoclorito de Sodio, a base de sal, en el cual el cloro se obtiene mediante la descomposición de la sal en sus dos subproductos: Cloro y Sodio.
El Hipoclorito de Sodio se obtiene por cada tanque de 450 litros de agua y se le agrega para lo formación del cloro 9 kilos de sal.
Las nacientes que se emplean en el Acueducto de Miramar, presenta una excelente calidad físico química y bacteriológica.
Además que cuenta con el Convenio de Laboratorio de Acueducto y Alcantarillado (AyA), para la supervisión y el análisis de la calidad del agua.
La Municipalidad de Montes de Oro, administra el cementerio de Miramar, a partir del 2007, el cual está ubicado contiguo a la Estación gasolinera Servimóvil de Miramar Centro, fue construido en el año 1984, hace ya más de 29 años. Se posee actualmente 915 contribuyentes, el cual tienen 1649 derechos. El área aproximada del cementerio es de 13745 (m2), el cual tenemos cubierto un total de 8978 (m2).
Servicios Brindados
Limpieza y ornato de las instalaciones, así como regular y controlar todo lugar destinado a la disposición de cadáveres y otros restos humanos.
Descripción
La Municipalidad de Montes de Oro cuenta con un Mercado Municipal, ubicado en el centro de Miramar, contiguo al Parque Central Infantil, fue construido aproximadamente en el año 1984 y consta actualmente de 23 locales comerciales, posee una construcción de 422 metros cuadrados.
Servicios Brindados
Se Ofrece limpieza y ornato de las instalaciones, así como regular y controlar el orden de los centros comerciales.
Internet Gratuito para publico general.
Parqueo Gratuito.
Video vigilancia con cámaras monitoreadas por la Fuerza Pública.
Feria del Agricultor se realiza los días viernes de 9:00am a 6:00pm en la explanada norte del mercado.
Horario
Lunes a Sábado 6:00 am – 6:00 pm(8:00 pm si el inquilino lo requiere)
Domingo: 6:00 am – 12:00 md
El Comité Cantonal de la Persona Joven de Montes de Oro, es una comisión permanente de la Municipalidad de Montes de Oro, integrada según lo establecido en la Ley N°8261, sus reformas y reglamentos, la cual tiene como fin principal elaborar y ejecutar propuestas locales o nacionales que consideren los principios, fines y objetivos de la Ley General de la Persona Joven y que contribuyan a la construcción de la política públicas de las personas jóvenes.
El campo de acción de este comité está regulado según lo dispuesto en la Ley 8261 “Ley General de la Persona Joven”, y busca la participación de jóvenes que representen a diversas organizaciones y fuerzas vivas del cantón, para con ello crear las condiciones necesarias para promover la participación política, social, cultural y económica de las personas jóvenes.
Así mismo, el comité coordina la ejecución de presupuestos para proyectos con el Concejo Municipal y la Municipalidad de Montes de Oro, además de que recibe capacitación y asesoría por parte del Consejo Nacional de la Persona Joven.
Asistira las sesiones del Concejo, levantar las actas y tenerlas listas dos horas antes del inicio de cada sesión, para aprobarlas oportunamente, salvo lo señalado en el artículo 48.
Extender las certificaciones solicitadas al Concejo Municipal de Distrito y las que requieran los diferentes departamentos.
En el artículo 46 del Código Municipal se establece: "El secretario del concejo formará un expediente para cada proyecto; a él se agregarán el dictamen de comisión y las mociones que se presenten durante el debate; además, se transcribirán los acuerdos tomados y al pie firmarán el Presidente Municipal y el Secretario".
Notificar o transcribir acuerdos Municipales.
Certificar Acuerdos o Resoluciones según la jurisdicción establecida.
Enviar debidamente certificados los expedientes que se envían al Tribunal Contencioso administrativo.
Atender al público que se presente en el Departamento de la Secretaría Municipal y resolver sus consultas sobre información que le atañe propiamente al Concejo Municipal y/o Departamento de la Secretaría del Concejo Municipal; además, de la entrega oportuna de la información.
Planear, organizar, coordinar y supervisar las actividades propias del Concejo Municipal.
El gobierno municipal estará compuesto por un cuerpo deliberativo denominado Concejo e integrado por los regidores que determine la ley, además, por un alcalde y su respectivo suplente, todos de elección popular. Artículo 12, Código Municipal.
¿ Qué es un Concejo Municipal ?
Específicamente el Concejo Municipal es un órgano colegiado de elección popular durante un período de cuatro años, los Regidores eligen al Presidente Municipal y a l Vice-Presidente, quiénes son nombrados desde el 1° de mayo al 30 de abril cada dos años. El Concejo actualmente nombra al Auditor y al Secretario del Concejo. Los Concejales, tienen como función el supervisar, aprobar o rechazar los proyectos municipales. Se eligen cada 4 años junto con los alcaldes por votación popular. Otro componente es el Secretario Municipal que lleva la secretaría administrativa del Concejo Municipal.
Alcalde / Vicealdesa
Alcalde Municipal
Sr. Luis Villalobos Artavia
Correo Electrónico: alcalde@munimontesdeoro.go.cr
Vicealcaldesa Municipal
Sra. Laura Chaves Rodríguez
Correo Electrónico: vicealcaldia@munimontesdeoro.go.cr
Descripción
Este departamento se encarga de, asesorar al Alcalde y a las demás dependencias, en asuntos administrativos que interesen a la misma y absolver las consultas que se le formulen en materia de servicios municipales tales como Servicio de Recolección de Basura, Acueducto Municipal, Mantenimiento de Cementerio, Alquiler de Locales de la terminal, Derecho administrativo de uso terminal, Alquiler de Locales del Mercado Municipal .
Colaborar en estudios y proyectos que el Municipio requiera en su materia.
Organizar y planear actividades sobre las acciones a realizar durante el año.
Controlar procesos y procedimientos de todos los servicios municipales.
Coordinar y administrar los recursos humanos y financieros de su dependencia para desarrollar eficientemente los proyectos y responsabilidad servicios municipales.
Evaluar procedimientos y servicios con el fin de establecer acciones preventivas y correctivas que permitan el mejoramiento para la satisfacción del usuario.
Elaborar y presentar informes de la unidad al Alcalde Municipal.
Ejecuta gestiones de cobro y tramita arreglos de pago respectivos.
Realiza análisis relacionados con la actualización de las tasas a cobrar en relación a los servicios de basura, acueducto, mercados y cementerio.
Analiza los asuntos que se le presentan y ejecuta los trámites correspondientes.
Atiende y resuelve consultas y tramita asuntos diversos presentados por los usuarios de los servicios.
Realiza labores administrativas propias de la supervisión que realiza.
Orientar a los contribuyentes en la estimación del valor de sus inmuebles y la presentación de la declaración de su propiedad. Fundamento Jurídico: Ley 9071 y su Reglamento.
Elaboración de Avalúos y estimaciones de valores de los Bienes Inmuebles; basado en Mapas de Valores por Zonas Homogéneas para el caso de los terrenos y para las edificaciones se utiliza el Manual de Valores Unitarios por Tipología Constructiva, ambos son insumos facilitados por el Ministerio de Hacienda.
El objetivo principal de esta oficina es asegurar la transcripción, reproducción, seguimiento y custodia de todos los documentos elaborados y acordados por el consejo municipal y sus comisiones.
El artículo 53 del Código Municipal: establece que en cada concejo municipal debe existir un secretario (a), de nombramiento de aquél de quien depende directamente.
El departamento del Secretaría del Concejo brinda servicios a los munícipes de la comunidad y contribuye con sus funciones a ser posible la labor de los Miembros del Concejo Municipal y por ende a la administración, a través de las atribuciones que le son conferidas por ley al Secretario (a) del Concejo. Este departamento coordina, ejecuta y proporciona apoyo a funcionarios del nivel político de la institución, en el control y ejecución de los trámites administrativos y relacionales que genera su gestión.
Asistira las sesiones del Concejo, levantar las actas y tenerlas listas dos horas antes del inicio de cada sesión, para aprobarlas oportunamente, salvo lo señalado en el artículo 48.
Extender las certificaciones solicitadas al Concejo Municipal de Distrito y las que requieran los diferentes departamentos.
En el artículo 46 del Código Municipal se establece: "El secretario del concejo formará un expediente para cada proyecto; a él se agregarán el dictamen de comisión y las mociones que se presenten durante el debate; además, se transcribirán los acuerdos tomados y al pie firmarán el Presidente Municipal y el Secretario".
Notificar o transcribir acuerdos Municipales.
Certificar Acuerdos o Resoluciones según la jurisdicción establecida.
Enviar debidamente certificados los expedientes que se envían al Tribunal Contencioso administrativo.
Atender al público que se presente en el Departamento de la Secretaría Municipal y resolver sus consultas sobre información que le atañe propiamente al Concejo Municipal y/o Departamento de la Secretaría del Concejo Municipal; además, de la entrega oportuna de la información.
Planear, organizar, coordinar y supervisar las actividades propias del Concejo Municipal.
Alexis Suárez Miranda
Presidente,
Representante Municipal
Representante en Asamblea Nacional de la Persona Joven
Brandon Quesada ÁlvarezRepresentante Organizaciones Deportivas
Secretario Subsistema Local de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Montes de Oro
Kayla Rojas NavarroRepresentante Colegios Suplente en el Subsistema Local de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Montes de Oro
Debe de adjuntar constancia de estar al día con los impuestos municipales y un timbre municipal de Ȼ1000.
Si la solicitud la realiza una persona que no es la dueña de la propiedad, favor presentar carta de autorización, con la copia de la cédula de identidad del propietario.
En caso de ser persona jurídica, presentar personería vigente y copia de la cédula de identidad del representante legal.
Copia del Plano catastrado con su respectivo visado municipal y copia del informe registral de la propiedad.
¿Cómo puedo saber si mi permiso de construcción es una Obra Mayor o Menor?
Obra Menor, obras de técnica sencilla que se realicen a un bien inmueble, que por su tamaño no precisen elementos estructurales y no requieren de aumento en la demanda de servicios públicos (agua potable, disposición de aguas residuales, electricidad), ni afecten las condiciones de habitabilidad o seguridad.
No se considerarán obras menores las obras de construcción que, según el criterio técnico especializado del funcionario municipal competente, incluyan modificaciones al sistema estructural, eléctrico o mecánico de un edificio, según el artículo 83 bis de la Ley de Construcciones.
El monto máximo permitido como construcción menor será el equivalente a diez salarios base (aprox. 4.620.000 a marzo del 2021), calculado conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley N° 7337, de 5 de mayo de 1993, salvo los casos contemplados en el artículo 6, inciso e, subincisos a, b, e, f, g, de este reglamento, en los que, según criterio razonado de la Unidad de Control Territorial sean considerados obra menor sin importar el monto del proyecto.
Si su proyecto constructivo no coincide con la descripción anterior, es considerado según la ley como una Obra Mayor.
¿Cómo hacer una renovación?
Se renueva pidiéndole al ingeniero reseñó de lámina al colegio federal de ingenieros y arquitectos
Tarifas
Se calcula considerando el valor total de la propiedad, que corresponde a la suma del valor del terreno, más el valor de las instalaciones o construcciones, multiplicando ese valor por la tarifa del impuesto (0.0025), lo que implica cancelar la suma de ¢ 2.500,00 por cada millón del valor del inmueble según lo establece la Ley No. 7509. Es decir:
ISBI = (Valor del terreno + Vivienda + Otras construcciones) x 0.0025
Tarifas
Según el artículo 15.- Gravamen a actividades recientemente establecidas Para gravar toda actividad lucrativa recientemente establecida, que no pueda sujetarse al procedimiento impositivo de los artículos 3 y 4 de esta ley, la Municipalidad podrá realizar una estimación tomando como parámetro otros negocios similares. Ese procedimiento tendrá carácter provisional y deberá modificarse con base en la primera declaración que le corresponda efectuar al patentado, atendiendo las disposiciones del artículo siguiente.
LEY 7578
Descripción
El Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Montes de Oro tiene como objetivo dirigir, capacitar, promover y estimular los deportes y la recreación de los niños, jóvenes y adultos de la comunidad.
El CCDR Montes de Oro goza de personalidad jurídica instrumental para desarrollar planes, proyectos y programas deportivos y recreativos cantonales, así mismo, está dentro de sus funciones construir, administrar y mantener las instalaciones deportivas de su propiedad o las otorgadas en administración. Asimismo, habrá comités comunales de deportes y recreación, adscritos al respectivo comité cantonal; tareas que son definidas en la LEY N° 8678 del Código Municipal.
Liderar, desarrollar y promover la salud integral del individuo por medio de la actividad física, deporte y recreación de la población del Cantón de Montes de Oro, apoyando y guiando estratégicamente la gestión las distintas organizaciones comunales afiliadas al comité, maximizando los recursos disponibles acorde con las necesidades de la población.
Ser la organización cantonal que gestiona de manera eficiente los recursos existentes en la búsqueda de la salud integral de la población del cantón de Montes de Oro a través de la actividad física, el deporte y la recreación.
1. Crear consciencia en la población oromontana sobre la importancia de la actividad física
continua como herramienta para el logro de la salud integral y eje fundamental del desarrollo del deporte
recreativo y competitivo.
2. Propiciar la actividad física, el deporte y la recreación en todo el cantón de
Montes de Oro, a través de las organizaciones comunales afiliadas.
3. Garantizar la ejecución eficiente de los recursos existentes en beneficio de la población del
cantón de Montes de Oro.
De acuerdo a las leyes establecidas la Oficina de la Mujer, es una instancia que establece mecanismos de acciones y programas para la promoción, defensa y cumplimientos de los derechos de las mujeres de forma integral y permanente. Así mismo en brindar asesoramientos, capacitaciones y atención psicológica de forma individual y grupal a mujeres, niños y el núcleo familiar.
La Oficina de la Mujer busca ser un espacio local que brinde servicios de apoyo a las mujeres del canton para que puedan ejercer plenamente su ciudadanía mediante la articulación de actores sociales físicos y jurídicos que apoyen de manera organizada y sistemática las posibilidades de las mujeres para disfrutar de sus derechos como seres humanos a asegurarse de que tengan la capacidad de participar de manera efectiva en la vida diaria y la toma de decisiones en diferentes áreas de la vida del cantón.
Con el propósito de promover la protección y cuidado de la mujer costarricense se crea la OFIM (Oficina de la Mujer).
Las OFIM se crearon en 1996 en el marco del Plan Nacional de Prevención y Atención de la Violencia Intrafamiliar (PLANOVI), con el objetivo de crear un espacio en la estructura municipal y con apoyo interinstitucional e intersectorial, de servicios de información, orientación y atención a las mujeres con énfasis en violencia intrafamiliar y difusión de derechos.
Estas Oficinas se formalizaron en 1998 por medio de la Ley N° 7801 del INAMU, que plantea como una de sus atribuciones: (Art.4). Que opera mediante transferencias económicas condicionadas para apoyar capacitación técnica-ocupacional, según las necesidades del mercado de trabajo.
Brindar información a las mujeres sobre sus derechos, servicios existentes en distintas instituciones, así como de programas y servicios que desarrolla la Municipalidad, el Instituto Nacional da la Mujer y otras instituciones públicas y privadas, a favor de la igualdad de Género.
Referir a las Mujeres a diferentes Servicios y Programas Estatales Gubernamentales, además realizar referencias al IMAS, Defensa Publica, tramites de bonos de vivienda, entre otros.
Brindar atención especializada en violencia intrafamiliar, mediante el desarrollo de diversas estrategias, grupos terapéuticos, Psicoterapia, Intervención en crisis, y otros casos no menos importantes.
Atención a niños y jóvenes en riesgo social o problemas emocionales.
Coordinación de actividades de índole social pertenecientes a la Municipalidad.
Estableciendo como objetivo fundamental, promover de manera activa los derechos de las mujeres y la realización de acciones afirmativas a favor de una auténtica equidad entre mujeres y hombres en el ámbito local.
Así se establecen 4 áreas especificas para el enfoque de las actividades
Violencia domestica: brindar un espacio permanente de información, atención,capacitación y difusión de los derechos a las personas afectadas por la violencia intrafamiliar y de género.
Participación ciudadana: promover el empoderamiento en las mujeres para que esto permita una mayor participación ciudadana en puestos de decisión.
Microempresa y autoempleo: potenciar en las mujeres herramientas personales y practicas que les permita la consolidación de una actividad económica propia, como estrategia de sobrevivencia ante la falta de empleo y así competir en el mercado laboral.
Atención Psicopateologica: basandose en las necesidades identificadas en las mujeres del cantón , se atienden diversas psicopatologias, tales como: depresión, ansiedad, problemas de conducta, manejo de limites, manejo de estres, duelo, entre otros.
Consultas y Contacto
Plataforma de servicios
Teléfono: 2639-9020 Ext. 113, 114, 116 Vehículo Fontanería(Lunes a Domingo): 8489-9796 Whatsapp(Lunes a Viernes):8991-6297
Nota :Monto a cobrar al contribuyente por el servicio de mantenimiento, es previa aprobación de los entes respectivos y publicación el La Gaceta, la tarifa que actualmente rige fue publicada en Gaceta N.20 del Martes 29 de Enero del 2013.
Descripción
El Impuesto sobre Bienes Inmuebles, es el impuesto establecido a favor de las municipalidades mediante la Ley No. 7509, y sus reformas.
Es el Impuesto que se establece a favor de las municipalidades, donde se paga un porcentaje por poseer un terreno y las instalaciones o construcciones fijas y permanentes que existan en la propiedad., conocido como ISBI.
Lo cancela aquellos sujetos afectos al impuesto que posean una, o varias propiedades en jurisdicción de la Municipalidad de Montes de Oro.
Según lo establecido a la leyes la Municipalidad Montes de Oro con esto tiene como objetivo, mejorar la administración del impuesto sobre bienes inmuebles, trabajando en forma integrada los procesos para la generación, captación y gestión del impuesto.
De acuerdo a la Ley del Impuesto de Bienes Inmuebles, es un deber de todo ciudadano presentar la declaración de sus bienes inmuebles, por lo menos cada 5 años
En caso de que no presente la declaración en el período establecido al efecto, la municipalidad tendrá la potestad de modificar el valor de los inmuebles a través de una valoración.
Serán oferentes las personas físicas o jurídicas que se encuentren registradas en el sistema SICOP y que realicen la puja electrónica directamente o por medio de un representante autorizado.
Presentar certificaciones que hagan constar que está al día en el pago de los tributos municipales del cantón.
Únicamente podrán ser inquilinos, además de los costarricenses, los extranjeros que cumplan los requisitos que para los efectos de ejercer el comercio en el país, exige el artículo 8 del Código de Comercio.
El participante debe ofrecer al menos el precio base del remate o participar en una puja, con una diferencia mínima de cinco mil colones respecto a la última puja que se encuentre en el sistema.
No existirá límite de pujas.
Cancelar el monto del precio base o un su efecto el monto establecido en la puja.
No serán consideradas las propuestas presentadas vía correo electrónico, fax o forma física. Únicamente será válidas las ofertas (pujas) que se realicen electrónicamente mediante el sistema SICOP.
El participante tiene opción a un solo local, por lo cual la persona no podrá obtener más de un derecho o local comercial dentro de este procedimiento de remate.
Una vez vencido el plazo para pujas, en el sistema SICOP no permitirá el acceso o participación de algún interesado. Se consignará en la gestión de apertura electrónica los posibles adjudicatarios en cada línea (mejores oferentes en orden ascendente de las propuestas económicas).
Firma de contrato.
Tarifas
Tarifa de agua potable fija y medida en metros cúbicos
Los servicios municipales se deben de cancelar con respecto a la fecha ya establecida. Pasada esta fecha se le cobrarán los intereses respectivos, los cuales son calculados de forma diaria hasta la cancelación efectiva de la deuda.
Fecha de Vencimiento
– Los alquileres deberán ser pagados por mensualidades anticipadas, cada primero del mes.
Fecha de Vencimiento: 1 de cada mes
El pago se efectuará con mensualidades anticipadas, cada primer día del mes, en la caja municipal, esto según artículo 23 del reglamento municipal de mercados. Dicha renta se actualizará anualmente aplicando el aumento estipulado cada quinquenio por la Comisión Recalificadora de conformidad con el artículo 2 de la Ley de Arrendamiento de Locales Municipales
Brindar apoyo técnico técnico y asesoría, elaborando el producto conforme a las labores administrativas en el establecimiento de los procedimientos para ejecutar rápidamente los trámites de los documentos que se procesan. Proporciona información cierta y rápida de los documentos que tramitan. Realice el control de los documentos que se crean, procesan y archivan. Recepción, orientación, registro y distribución, archivo, según disposiciones enmarcadas en el Código Municipal artículo 53 y 65 de la Ley General de la Administración Pública y otras encomendadas por el Concejo Municipal.
La Secretaría del alcalde estará a cargo del Secretario Municipal y tendrá como objetivo otorgar un adecuado apoyo administrativo a la Alcaldía y al Concejo Municipal, debiendo el Secretario Municipal desempeñarse como Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales.
Transcribir las resoluciones del Alcalde y los acuerdos del Concejo y velar por su fiel cumplimiento.
Redactar los Oficios, circulares y comunicaciones que se le encomienden.
Cumplir funciones que el Alcalde le encomiende y proporcionar antecedentes a las unidades municipales que las requieran.
Dirigir a las unidades a su cargo de acuerdo a las instrucciones que le imparta el Alcalde.
Recepcionar toda la documentación que ingresa al municipio, a través de la Oficina de Partes y Archivo, y proceder a su ordenamiento y distribuir aquella que proceda.
Informar oportuna y eficientemente al Alcalde sobre antecedentes y documentación que ingresan a la Municipalidad.
Controlar el cumplimiento de los plazos de la tramitación de la documentación municipal.
Notificar las resoluciones y decretos municipales.
Brindar ayuda e información a los trámites que requieren los usuarios.
Dirigir las actividades de secretaría administrativa del Alcalde y del Concejo Municipal.
Desempeñar la tarea de Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales.
Recibir, mantener y tramitar, cuando corresponda, la declaración de intereses establecida en la Ley N° 18.575.
Llevar el registro municipal a que se refiere el artículo 6° de la ley N° 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias.
Actuar como Ministro de fe, cuando corresponda para los efectos establecidos en el artículo 177, inciso segundo del Código del Trabajo.
Asignar las audiencias al público general.
Atender toda otra materia que derive el Alcalde.
Servicios Brindados
Elaboración de presupuestos ordinarios, extraordinarios y modificaciones presupuestarias.
Evaluación POA.
Informes resupuestarios e inclusion del SIPP.
Elaboración de Conciliaciones Bancarias.
Revisión y registro de los ingresos y egresos diarios.
Revisión de nominas de pago, ordenes de pago y planillas.
Confección de cheques.
Servicios Brindados
Enviar mensualmente programación financiera al Ministerio de Hacienda.
Tramitar Pagos por medio del Ministerio de Hacienda.
Solicitar desembolsos del Ministerio de Hacienda.
Manejar un adecuado control del presupuesto municipal.
Tramitar pago de dietas a regidores municipales por medio de transferencias electrónicas.
Para entrega de currículo se hace directamente con el departamento de vicealcalde, enviando un correo electrónico al siguiente correo: vicealcaldia@munimontesdeoro.go.cr
Debe de presentar su solicitud de trámite mediante el formulario que le será suministrado en la Plataforma de Servicios y aportar los requisitos correspondientes.
Si no se cancelan los servicios municipales en las fechas ya establecidas por la Municipalidad, generará intereses por atraso en el pago. Si pasados dos meses no ha efectuado su pago, se expone a que le suspendan el servicio, para lo cual después deberá de cancelar, no solo los intereses sino también recargos por reconexiones, honorarios de abogados, dependiendo de la vía de cobro en que se encuentre su adeudo.
Descripción
Este trámite lo debe realizar directamente el contribuyente moroso en el Departamento de Administración Tributaria en la Municipalidad. En el caso que fuese una Persona Jurídica, el arreglo de pago deberá realizarlo el representante legal y aportar Certificación de Personería Jurídica con no más de un mes de emitida.
Un uso del suelo o también conocido como uso de la tierra, es la utilización de un terreno, de la estructura física asentada o incorporada en él, o ambas cosas, en cuanto a clase, forma o intensidad de su aprovechamiento. (Art. N° 1, Ley N° 4240). Ello se traduce en que es un documento que emite la autoridad competente, donde se le informa qué uso se le podría dar a un inmueble considerando características específicas según su ubicación geográfica, y de conformidad con lo establecido en el Plan Regulador Territorial del cantón, así como la normativa que rige la materia.
En términos generales, el certificado de uso de suelo es un requisito necesario para la operación de establecimientos de comercio, la expedición de licencias de construcción, entre otros, y también son utilizados por particulares para conocer qué uso puede dársele a determinado inmueble, de acuerdo con la normativa vigente al momento de su expedición.
Tarifa Residencial: Es la denominación asignada a las viviendas y se clasifica en 4 categorías de acuerdo a la cantidad de desechos que producen y/o a sus metros cuadrados de construcción.
CATEGORÍA
TASA MENSUAL
Kg/semana
RESIDENCIAL 1
¢1.943,69
0-15
RESIDENCIAL 2
¢2.915,54
16-30
RESIDENCIAL 3
¢3.887,39
31-45
RESIDENCIAL 4
¢4.859,23
46 a más
Tarifa Comercial:Es la denominación asignada al comercio y se clasifica en 9 categorías de acuerdo a la cantidad de desechos que producen y/o a la actividad comercial que desarrollan.
CATEGORÍA
TASA MENSUAL
Kg/semana
COMERCIAL 1
¢3.887,39
0-15
COMERCIAL 2
¢5.831,08
16-40
COMERCIAL 3
¢13.605,86
41-64
COMERCIAL 4
¢19.436,94
65-99
COMERCIAL 5
¢38.873,87
100-199
COMERCIAL 6
¢58.310,81
200-499
COMERCIAL 7
¢116.621,62
500 a 1000
COMERCIAL 8
¢174.932,43
1000 a 2000
COMERCIAL 9
¢233.243,24
2001 a más
Tarifa de Gobierno: Es la denominación asignada al las instituciones gubernamentales ONG, e instituciones no comerciales, y se clasifica en 5 categorías de acuerdo a la cantidad de desechos que producen y/o asu población usuaria.
Se firma el documento del Arreglo de Pago con pago mínimo del 40% de la deuda.
Copia cédula del deudor
El arreglo de pago se calculara de manera que al terminarlo, el contribuyente quede totalmente al día.
Si la persona que hace el arreglo no es la deudora, debe traer autorización para realizarlo el arreglo copia de cedula del contribuyente deudor y la persona que se responsabilizara.
Debe apersonarse el contribuyente, o persona autorizada en forma escrita por el deudor para la formalización del arreglo de pago, con su cedulas de identidad.
Presentar el formulario de solicitud, que para tales efectos lo suministrará la oficina de Cobros, debidamente lleno y suscrito por el obligado tributario con los requisitos y por los medios que establezca la Administración Tributaria.
Para el caso de que el contribuyente por alguna razón no pueda presentarse personalmente a formalizar el arreglo de pago, podrá hacerlo mediante otra persona debidamente autorizada para tales efectos mediante un poder especial, el cual no será necesario rendirlo ante notario público, podrá realizarlo por medio de una autorización el cual debe presentar la cédula de identidad del deudor.
En caso de que el propietario haya fallecido, el albacea deberá acreditar mediante documento idóneo su designación para proceder a la formalización del arreglo de pago.
Si el propietario no puede firmar el arreglo de pago, por no saber o no poder hacerlo, podrá solicitarle a otra persona que lo haga a su ruego y además, estampará su huella digital.
ADVERTENCIA:
¡Si usted tramita o tiene pendiente de aplicar la exoneración del impuesto de bienes inmuebles, debe asegurarse que ésta ya ha sido aplicada, pues de lo contrario los montos que aparezcan como adeudados por ese concepto al momento de solicitar el arreglo de pago formarán parte del mismo y no podrán ser exonerados.
Personería Jurídica (que no supere un mes de emitida) o certificación de Notario Público.
Presentar el formulario de solicitud que para tales efectos le suministrará la oficina de Cobros debidamente lleno y suscrito por el representante legal o apoderado generalísimo, con los requisitos y por los medios que establezca la Administración Tributaria.
Justificar detalladamente la causal que incide en la situación económico-financiera y que le impide transitoriamente pagar la deuda tributaria en el plazo de ley, aportando la prueba documental que respalde la causal indicada.
Certificación por contador público autorizado de los Estados Financieros del último período fiscal.
Cédula de identidad del representante legal.
En caso de que un tercero sea el autorizado para realizar un arreglo de pago a nombre de la persona jurídica, se deberá presentar la respectiva autorización escrita y autenticada o poder especial del representante legal de la sociedad sin que necesariamente deba ser protocolizado y presentar cedula de identidad tanto del apoderado como del poderdante.
ADVERTENCIA:
¡Si usted tramita o tiene pendiente de aplicar la exoneración del impuesto de bienes inmuebles, debe asegurarse que ésta ya ha sido aplicada, pues de lo contrario los montos que aparezcan como adeudados por ese concepto al momento de solicitar el arreglo de pago formarán parte del mismo y no podrán ser exonerados.
Deberá de presentarse al Departamento de Cobro a fin de que se proceda a exponer su situación y esta dependencia proceda a efectuar el análisis pertinente y en caso de proceder, determine la posibilidad de formalizar el arreglo de pago y establezca el plazo y las cuotas que le corresponde cancelar.
De conformidad al Manual de Procedimientos para el Cobro Administrativo, Arreglos de Pago y Cobro Judicial prevé que de no hacerse una justificación válida, y pronta solución a un incumplimiento, cuando el contribuyente tenga dos cuotas pendientes se inicia el proceso de notificacion de cobro e inicio del proceso de cobro judicial.
Descripción
¿Qué es un Uso de Suelo?
Un uso del suelo o también conocido como uso de la tierra, es la utilización de un terreno, de la estructura física asentada o incorporada en él, o ambas cosas, en cuanto a clase, forma o intensidad de su aprovechamiento. (Art. N° 1, Ley N° 4240). Ello se traduce en que es un documento que emite la autoridad competente, donde se le informa qué uso se le podría dar a un inmueble considerando características específicas según su ubicación geográfica, y de conformidad con lo establecido en el Plan Regulador Territorial del cantón, así como la normativa que rige la materia.
¿Por qué debo de solicitar un Uso de Suelo?
En términos generales, el certificado de uso de suelo es un requisito necesario para la operación de establecimientos de comercio, la expedición de licencias de construcción, entre otros, y también son utilizados por particulares para conocer qué uso puede dársele a determinado inmueble, de acuerdo con la normativa vigente al momento de su expedición.
Es un impuesto y no un servicio. El cobro se realiza con base en el valor del inmueble utilizando una fórmula muy simple, por cada millón del valor fiscal de la propiedad, la Municipalidad le cobra ¢2500 anuales.
La declaración de bienes inmuebles es la determinación y actualización del valor de la propiedad, mediante la cual se consideran las características del terreno y de la(s) construcción(es) que comprendan el inmueble, tal como lo establece el artículo N° 26 del Reglamento a la Ley del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Según el artículo N° 27 del Reglamento a la Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles, esta declaración la deben presentar todas aquellas personas físicas o jurídicas que sean dueños de propiedades inscritas o no ante el Registro Nacional. Dicha declaración se realiza en la Municipalidad donde sean contribuyentes; por lo menos cada cinco años.
Pueden exonerar todas las personas que tengan un único bien a su nombre en todo el territorio nacional, cuyo valor no exceda los 45 salarios base como lo establece el artículo N° 4 inciso de la ley 7509. Esta gestión se realiza todos los años en el primer trimestre del año, antes de que cancele los impuestos municipales.
Puede acceder al siguiente link donde podrá encontrar los diferentes medios para poder hacer efectiva su solicitud de inspección por alto consumo de agua.
Al solicitar una inspección por alto monto o consumo en servicio de agua, se le asocia el costo por la inspección, cuyo monto le será cargado en el recibo por servicios